Equivalencia técnica de plaguicidas: qué es y cómo se evalúa
Qué significa la equivalencia técnica, por qué los reguladores comparan una nueva fuente de un ingrediente activo con un perfil de referencia y cómo deciden la evaluación en dos niveles de la FAO/OMS y la guía de la UE.
Revisión técnica: Wang Liqun, investigador; Chen Zhiyuan, agrónomo sénior

Los ingredientes activos se comercializan como material técnico (TC) o concentrado técnico (TK): material resultante de un proceso de fabricación, compuesto por el ingrediente activo junto con sus impurezas asociadas [1]. El manual FAO/OMS cita la definición del Código Internacional de Conducta para la Gestión de Plaguicidas: la equivalencia es la determinación de la similitud del perfil de impurezas y toxicológico, así como de las propiedades físicas y químicas, de materiales técnicos supuestamente similares de distintos fabricantes, para evaluar si presentan niveles de riesgo similares [1]. Esta guía se basa en la tercera edición (2025) de ese manual [1] y en el documento guía de la UE SANCO/10597/2003 [2].
1. Por qué importa la equivalencia
Una impureza química es un subproducto de la fabricación del ingrediente activo, o una sustancia derivada de él durante la formulación o el almacenamiento [1]. Qué subproductos se forman depende de cómo se fabrica el material: la guía de la UE señala que las impurezas significativas pueden resultar directamente del proceso y las condiciones de síntesis empleados, o de la contaminación cruzada dentro del ciclo de producción [2]. Por ello, el manual FAO/OMS pide definir por separado los perfiles de impurezas cuando la ruta de fabricación difiere entre sitios o los fabricantes son distintos [1].
Los datos de peligro en que se basa una aprobación se generaron con un material de referencia concreto. El regulador del Reino Unido describe el propósito de la evaluación de equivalencia como asegurar que una nueva fuente sea equivalente a esa referencia o no presente mayor peligro que ella [3]. Las especificaciones FAO/OMS siguen la misma lógica: no se aplican a productos de otros fabricantes ni a productos obtenidos por procesos distintos, salvo que hayan sido evaluados como equivalentes [1].
Una nueva fuente no es solo una nueva empresa. La guía de la UE también considera fuentes distintas el paso de escala piloto a escala industrial y el cambio del método o del lugar de fabricación [2]. El regulador del Reino Unido añade los cambios en la especificación técnica, por ejemplo cuando se detectan impurezas nuevas, relevantes o significativas [3].

2. El perfil de referencia
Toda decisión de equivalencia es una comparación y necesita una referencia. En el sistema FAO/OMS es el perfil de referencia: los perfiles de pureza e impurezas, toxicológico y ecotoxicológico en los que se basa la especificación original de un material técnico, generalmente los del material con los perfiles toxicológico y ecotoxicológico más completos [1]. Funciona junto con la especificación de referencia, la especificación FAO u OMS vigente y publicada, que es el primer criterio para determinar la equivalencia del material de un fabricante posterior [1].
Un perfil de referencia no se modifica con los datos de materiales que luego se consideran equivalentes, aunque una revisión de la JMPS puede sustituirlo por otro nuevo [1]. Cuando un fabricante produce en varios sitios, se exigen datos de cinco lotes de cada sitio y el perfil de uno de ellos se identifica como perfil de referencia [1]. La guía de la UE habla de fuente de referencia: aquella en la que se basó la evaluación del riesgo y sobre la cual la Comisión tomó una decisión reglamentaria; si existen varias, una nueva fuente es equivalente si cumple los criterios frente a una de ellas [2].
3. Cómo funciona la evaluación FAO/OMS
La Reunión Conjunta FAO/OMS sobre Especificaciones de Plaguicidas (JMPS) evalúa peligros para decidir qué impurezas son relevantes, fijar sus límites y determinar la equivalencia; no evalúa los peligros del propio ingrediente activo [1].
La equivalencia se determina mediante un enfoque de dos niveles [1]. El Nivel 1 comprueba que el material cumple la especificación FAO/OMS existente y que su proceso de fabricación, su perfil de impurezas y los resultados de mutagenicidad bacteriana in vitro cumplen los criterios del Nivel 1 de la tabla siguiente; la misma prueba se aplica cuando un productor cambia el proceso de un material ya cubierto por una especificación [1]. Si el Nivel 1 no permite decidir sobre la equivalencia o la no equivalencia, el Nivel 2 compara los datos toxicológicos y, cuando se requieren, ecotoxicológicos con el perfil de referencia [1].
Criterios FAO/OMS de equivalencia de materiales técnicos (tercera edición, sección 3.2 F)
| Nivel | Qué se compara | Qué establece el manual |
|---|---|---|
| 1 | Especificación | El material cumple los requisitos de la especificación FAO/OMS existente [1] |
| 1 | Impurezas no relevantes | Nivel máximo con un aumento no superior al 50 % del máximo de referencia o a 3 g/kg en términos absolutos, el que represente el mayor aumento; por encima, un caso razonado [1] |
| 1 | Impurezas relevantes | Sin impurezas relevantes nuevas y sin aumento de sus niveles máximos [1] |
| 1 | Impurezas nuevas de 1 g/kg o más | Un caso razonado, con datos de apoyo si existen, de que no son relevantes; decide la JMPS [1] |
| 1 | Mutagenicidad bacteriana in vitro | Comparación criterio por criterio; el resultado no es peor que el del material de referencia [1] |
| 2 | Toxicidad aguda, irritación, sensibilización | Diferencia no mayor que un factor de 2 respecto del perfil de referencia (o que los intervalos de dosis, si son mayores); sin clasificación más grave [1] |
| 2 | Estudios de dosis repetidas en roedores (28 o 90 días) | Ningún efecto adverso cualitativamente nuevo; NOAEL o dosis de referencia (BMD) para cualquier criterio no inferior a 10⁻⁰·⁵ (unas 0.32) veces el valor de referencia [1] |
| 2 | Ecotoxicología, cuando se requiere | Diferencia no mayor que un factor de 5 respecto del perfil de referencia, con la misma especie [1] |
En el Nivel 1 se tiene en cuenta la evaluación del material propuesto por una autoridad de registro competente [1]. Si un material no supera estrictamente estas pruebas pero la JMPS lo considera de calidad aceptable o mejorada, se considerará una modificación de la especificación existente [1]. Las formulaciones siguen a su material técnico: las formulaciones clásicas se consideran en general equivalentes si el material técnico ha sido juzgado equivalente y cumplen la misma especificación, mientras que las de liberación lenta, como las suspensiones de cápsulas, pueden requerir pruebas adicionales [1].
Dos niveles para comparar una nueva fuente
Compare el material técnico propuesto con el perfil de referencia.
- Perfil de referencia
- Material técnico de una nueva fuente
Nivel 1
- Especificación FAO/OMS existente
- Proceso de fabricación y perfil de impurezas
- Mutagenicidad bacteriana in vitro
- Equivalente
- No equivalente
No permite decidir sobre la equivalencia o la no equivalencia
Solo este caso no resuelto pasa al Nivel 2.
Nivel 2
- Datos toxicológicos comparados con el perfil de referencia
- Datos ecotoxicológicos, cuando se requieren
- Equivalente
- No equivalente
Esquema del procedimiento FAO/OMS [1]; los criterios permanecen en la tabla del artículo. La equivalencia no establece la misma eficacia ni la idoneidad para los mismos usos.
4. Las impurezas relevantes deciden el resultado
El manual define una impureza relevante como un subproducto de la fabricación o el almacenamiento de un plaguicida que, comparado con el ingrediente activo, es toxicológicamente significativo para la salud o el ambiente, es fitotóxico para las plantas tratadas, causa contaminación de cultivos alimentarios, afecta la estabilidad del plaguicida o causa cualquier otro efecto adverso [1].
La relevancia es relativa: como se juzga frente a los peligros del ingrediente activo, un mismo compuesto puede ser no relevante en un plaguicida y relevante en otro [1]. Por defecto, una impureza pasa a ser relevante cuando su concentración en el material técnico alcanza el 10 % de su límite máximo aceptable; para mutágenos y carcinógenos de las categorías 1A o 1B del SGA ese umbral es 0.1 g/kg [1]. Las impurezas relevantes solo aparecen en ciertos materiales técnicos; el manual cita cuatro en el material técnico y las formulaciones de malatión [1].
Aquí la equivalencia se conecta con la idea de una especificación FAO, cuyo fin es servir de referencia internacional para juzgar la calidad de los productos, con fines reglamentarios o en las relaciones comerciales [1]. Una especificación publica el contenido mínimo de ingrediente activo y la identidad y los niveles máximos de las impurezas relevantes; la información sobre las impurezas no relevantes se mantiene confidencial [1]. Solo las impurezas relevantes pueden figurar en una especificación [1], y su nivel medio medido no debe superar el máximo declarado [1]. Una impureza relevante nueva, o un límite más alto para una existente, lleva el caso al Nivel 2 [1].
5. Datos que suelen intervenir
Los datos del Nivel 1 abarcan la identidad y las propiedades del ingrediente activo, la ruta de fabricación, el contenido mínimo, los límites de impurezas, la información sobre impurezas relevantes, los compuestos añadidos intencionalmente y los datos de mutagenicidad bacteriana [1]. Elementos principales:
- Ruta de fabricación: disolventes, intermedios y catalizadores, y una descripción del proceso (sin detalles de ingeniería) que permita al evaluador comprobar que la pureza declarada es plausible [1].
- Análisis de cinco lotes: límites máximos de fabricación para las impurezas iguales o superiores a 1 g/kg, respaldados por al menos cinco lotes típicos; los estudios recientes de cinco lotes deben ser estudios de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) [1].
- Impurezas relevantes por debajo de 1 g/kg: sus límites también deben estar respaldados por al menos cinco lotes típicos [1].
- Fracción no identificada: en general no más de 20 g/kg del material técnico [1].
- Contenido mínimo: el manual recomienda la media de cinco lotes menos tres desviaciones estándar, aunque se pueden aceptar otras propuestas bien justificadas [1].
- Informes originales de estudio: obligatorios para los datos de análisis de lotes y de mutagenicidad [1].
Los datos del Nivel 2 abarcan la irritación cutánea y ocular y la sensibilización cutánea y, cuando la JMPS lo considera necesario, estudios de dosis repetidas de 28 o 90 días en roedores [1]. Los estudios de irritación solo se exigen cuando la pureza mínima propuesta es inferior a 990 g/kg y el material de referencia no es irritante ocular o cutáneo de categoría 1 [1]. Los estudios agudos por vía oral, inhalatoria y dérmica ya no son obligatorios para un segundo fabricante, algo que el manual vincula con el bienestar animal [1].
6. Otros marcos
Unión Europea
El documento guía de la UE SANCO/10597/2003 establece un procedimiento armonizado para evaluar nuevas fuentes de material técnico frente a la fuente de referencia conforme al artículo 38 del Reglamento (CE) n.º 1107/2009. La revisión más reciente que pudimos obtener es la rev. 10.1 del 13 de julio de 2012, un documento de trabajo de la Comisión que no pretende producir efectos jurídicamente vinculantes [2]. Una nueva fuente es equivalente si, debido a sus impurezas, tiene efectos iguales o menos nocivos que la fuente de referencia [2].
Los criterios del Nivel I son: pureza mínima certificada no inferior a la de la fuente de referencia; ausencia de impurezas nuevas; límites de impurezas relevantes sin aumento; y límites de impurezas no relevantes superados en no más de 3 g/kg cuando el límite de referencia es de 6 g/kg o menos, o en no más del 50 % por encima de ese valor. Estos criterios cuantitativos se basan en el manual FAO/OMS [2]. Una pureza mínima inferior significa que la fuente no es equivalente y requiere su propia evaluación del riesgo; los demás casos no resueltos pasan al Nivel II, donde los datos de toxicidad aguda dentro de un factor de 2 se consideran equivalentes, pero una clasificación de peligro más grave excluye la equivalencia [2]. La guía no abarca microorganismos ni sustancias poco definidas como los extractos vegetales [2].
OCDE
El manual FAO/OMS señala que la OCDE hace referencia a las especificaciones de la FAO y la OMS en sus recomendaciones armonizadas para el registro, y los estudios de dosis repetidas del Nivel 2 del manual remiten a las directrices de ensayo 407 y 408 de la OCDE [1]. La guía de equivalencia propia de la OCDE (2018) se refiere solo a plaguicidas microbianos: cambios en la misma cepa de un microorganismo ya aprobado [4].
China
Los requisitos de datos para el registro de plaguicidas de China (Anuncio n.º 2569 del Ministerio de Agricultura, en vigor desde el 1 de noviembre de 2017) definen un material técnico igual (相同原药) como aquel cuyo contenido de ingrediente activo y demás especificaciones de calidad principales no son inferiores a los del material técnico registrado, y cuyas impurezas causan efectos adversos básicamente iguales o menores que los del registrado [5]. El registro de un plaguicida igual exige una determinación de plaguicida igual según el anexo 10, y los datos de química del producto para un material técnico químico incluyen un informe de análisis de la composición completa y un análisis de la formación de impurezas [5].
7. Qué significa para los compradores de material técnico genérico
La equivalencia pertenece a una fuente, no al nombre de un ingrediente activo. Las especificaciones FAO/OMS solo se aplican a los productos de fabricantes cuyos materiales técnicos han sido evaluados, y un cambio significativo en el proceso de fabricación exige una nueva evaluación de la JMPS [1]. Los reguladores también tratan un nuevo sitio, proceso o escala de producción como una nueva fuente [2][3]. Los formuladores que usan un material técnico evaluado deben declarar su fuente y comprometerse a notificar a la FAO o la OMS si utilizan una fuente alternativa [1].
Para un comprador, las cláusulas publicadas de una especificación son el contenido mínimo de ingrediente activo y los límites de impurezas relevantes; el resto del perfil de impurezas que respalda una decisión de equivalencia es confidencial [1]. La equivalencia también tiene límites: los productos equivalentes no son necesariamente adecuados para los mismos usos ni de igual eficacia, y la equivalencia solo significa que cumplen criterios básicos de calidad similares [1]. El registro en cada país de destino decide qué cultivos, usos y dosis se permiten.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la equivalencia técnica de un plaguicida?
Es la determinación de si un material técnico de otro fabricante, proceso o sitio es lo bastante similar al material de referencia, en su perfil de impurezas, toxicológico y fisicoquímico, como para presentar un nivel de riesgo similar [1].
¿Qué es el perfil de referencia?
Son los perfiles de pureza e impurezas, toxicológico y ecotoxicológico en los que se basa la especificación original de un material técnico. Las nuevas fuentes se comparan con él, y los materiales equivalentes posteriores no lo modifican [1].
¿Cuánto pueden aumentar las impurezas sin perder la equivalencia?
En el Nivel 1 FAO/OMS, el máximo de una impureza no relevante puede subir hasta un 50 % o 3 g/kg, el que represente el mayor aumento, sin impurezas relevantes nuevas ni aumentadas [1]. La guía de la UE admite 3 g/kg cuando el límite de referencia es de 6 g/kg o menos y un 50 % por encima de ese valor [2]. Los cambios mayores requieren un caso razonado o datos de Nivel 2 [1][2].
¿Qué es una impureza relevante?
Un subproducto de la fabricación o el almacenamiento que, comparado con el ingrediente activo, es toxicológicamente significativo para la salud o el ambiente, es fitotóxico, contamina, afecta la estabilidad o tiene otro efecto adverso. Su límite se publica en la especificación FAO/OMS [1].
¿Se exige un análisis de cinco lotes para evaluar la equivalencia?
En el procedimiento FAO/OMS, sí: los límites de impurezas deben estar respaldados por al menos cinco lotes típicos, y los estudios recientes de cinco lotes deben cumplir las BPL [1].
¿Un material técnico equivalente tiene la misma eficacia que el original?
La equivalencia no evalúa la eficacia. Los productos equivalentes no son necesariamente adecuados para los mismos usos ni de igual eficacia; la equivalencia solo significa que cumplen criterios básicos de calidad similares [1].
Lecturas adicionales
- Servicios de registro de productos
- Calidad y documentación de productos
- Catálogo de productos
- [1] FAO y OMS (2025). Manual on the development and use of FAO and WHO specifications for chemical pesticides. Third edition. Roma y Ginebra.
- [2] Comisión Europea (2012). Guidance document on the assessment of the equivalence of technical materials of substances regulated under Regulation (EC) No 1107/2009. SANCO/10597/2003 rev. 10.1.
- [3] Health and Safety Executive, Reino Unido (2026). Pesticide active substance source: technical equivalence.
- [4] OCDE (2018). Guidance document for the assessment of the equivalence of technical grade active ingredients for identical microbial strains and isolates. Series on Pesticides and Biocides.
- [5] Ministerio de Agricultura de China (2017). Anuncio n.º 2569: requisitos de datos para el registro de plaguicidas.
Productos mencionados